Solo sí es sí: lo que necesitas saber

 Cualquiera que tenga televisión o consuma redes sociales se ha visto bombardeado con la polémica de la semana en España: la Ley del "solo sí es sí". Este es un tema de mucho calado, que implica conocimientos en derecho, política y un largo etcétera. Por ello, desde El Tablero, en esta edición dominical, os acercamos un poco más al asunto de la forma más elemental posible.



¿Cuál ha sido, realmente, el cambio legislativo?

    Para comprender los efectos que ha tenido la nueva ley es fundamental saber qué es lo que modifica la misma. Comenzamos diciendo que, en realidad, no se llama Ley del "solo sí es sí", aunque a efectos prácticos resulta mucho más sencillo este nombre que "Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual", por este motivo nos referiremos a ella de ambas formas a lo largo del artículo, aunque la forma más precisa sea esta última. También es necesario añadir que esta ley ha pasado por una larga cantidad de pasos, estando cerca de un año en trámites legislativos y finalmente entró en vigor el pasado 7 de octubre.

    Entrando en materia, uno de los cambios más sonados, y que tiene relación directa con el eje de la polémica, es el de la eliminación de la distinción entre abuso y agresión sexual, que anteriormente se distinguían por la existencia, o no, de violencia. Esta modificación se vincula con el infame caso de "La Manada", que ha sido una de las sentencias por las que el Ministerio de Igualdad decidió crear esta nueva norma, puees en este caso se debatía sobre la concepción de lo ocurrido como abuso y no como agresión (conllevando el primero penas menos duras que el segundo). La eliminación de la distinción entre abuso y agresión trae consigo nuevas horquillas para las penas, aquí añadimos un nuevo elemento a la polémica: los jueces deben interpretar estas normas, así como las penas y las horquillas. 

    Esta modificación, en sí misma, no parece ser nociva, o al menos eso opinan los expertos en la mayoría de casos. Sin embargo, los principios del derecho español que explicaremos a continuación son los que han dado lugar a este peligroso cóctel jurídico que intentamos explicar.

Reo reo, ¿Qué rees?

    El artículo segundo de nuestro Código Penal recoge un concepto jurídico clave para este caso: la irretroactividad. Este artículo tiene 2 partes que nos interesan. La primera explica que ningún delito cometido antes de la redacción de la ley puede ser castigado, esto es, la irretroactividad en sí. En cuanto a la segunda parte, eje central de la polémica, dice que sí tendrán efecto las modificaciones que favorezcan al reo. En otras palabras, a aquel que haya cometido un delito penal se le podrá aplicar la nueva ley si esta le beneficia. Además del art. 2 CP destacan el 9.3 CE y el 25.1 CE, ambos relacionados también con la irretroactividad. En conclusión: las nuevas leyes no pueden hacer aumentar condenas, pero sí reducirlas.

    Ya tenemos todos los ingredientes del plato de la semana: una ley que incluye nuevas horquillas penales, un Ministerio volcado en endurecer las penas por delitos sexuales y el papel de los jueces como centro de todo.

La disputa por el peso de la culpa.

    Al unificar abuso y agresión, repetimos, se modificaron los años de cárcel, tanto por arriba como por abajo. A razón de esto, algunos condenados a la pena mínima han solicitado una revisión de la pena. Incluso, en varios casos ya se han producido salidas de prisión al haberse cumplido la "nueva pena". 

    Lo sucedido, como es obvio, no es lo pretendido por la ley, ni por su promotor, que en este caso es el Ministerio de Igualdad, encabezado por la ministra Irene Montero. Las primeras reacciones por parte del partido y de la ministra han sido las de calificar a los jueces que han accedido a la revisión y, en su caso, a la reducción de las penas, como machistas, al igual que buena parte de la población. Aunque otro sector bastante amplio critica la actuación de la nueva ley y culpa al propio Ministerio de una pésima redacción e interpretación legislativa.

    Por otro lado, hay juristas que señalan, probablemente con razón, que una disposición transitoria podría haber evitado estas reducciones, que reconocen, van en contra de la naturaleza de la propia norma. Una disposición transitoria regula los casos en los que continuaría aplicándose la legislación antigua, o en su caso, modula la aplicación total de la nueva norma. Por lo tanto, si se hubiese hecho uso de esta herramienta habitual en las modificaciones del CP, quizá no se hubiera dado pie a las revisiones que se están llevando a cabo. Otro sector de los más doctos en derecho consideran que otras de estas disposiciones transitorias, en especial la de 1995, y la jurisprudencia que desprende, deberían ser suficientes para evitar estas reducciones de condena, sin embargo, la realidad es que a día 16 de noviembre ya se conocían de, al menos, 11 rebajas y 3 puestas en libertad.

    Naturalmente, la polémica ha sacudido con fuerza a la coalición, que en materia de igualdad ya tenía bastantes fracturas (recordamos los enfrentamientos Montero - Calvo). La líder de Unidas Podemos, Yolanda Díaz, se ha desmarcado del asunto, evitando hacer ningún tipo de declaraciones, en tanto que continúan saliendo noticias y la información es aún incompleta. Por esta pasividad ha recibido fuertes críticas desde determinados puntos, destacando la voz del exvicepresidente Pablo Iglesias, quien la ha tachado de cobarde de forma indirecta. La batalla no solo está servida dentro del propio partido de Podemos, sino que también el PSOE debe responder, quien ya ha comenzado a moverse para intentar evitar que la sangría vaya a más. Lo que podemos añadir en este caso, es que la culpa no solo debe recaer en el Ministerio de Igualdad, pues la norma se aprobó en el Congreso sin enmiendas por parte de los otros partidos que la apoyaron. Además, ni el Ministerio de Justicia ni el Fiscal alertaron de la problemática de la norma. De hecho, la conclusión principal que se puede sacar en este sentido es que hay una falta clara de comunicación horizontal dentro del Gobierno e incluso en el Congreso.

    En cuanto a la oposición, su papel es sencillo. Si atendemos, por ejemplo, al caso de Vox, el partido conservador incluye en su programa una visión política punitiva, o lo que es lo mismo, son favorables del aumento de penas de prisión y una legislación más estricta. Por ello, esta noticia les ha servido para pedir (una vez más) la dimisión de la ministra Montero, en sintonía total con el Partido Popular, quien ha pedido esto mismo a través de su portavoz, Cuca Gamarra.

Las palabras son rápidas, la norma no tanto.

    Si hay algo que caracteriza al Derecho es que no actúa, precisamente, con gran velocidad. Justo al contrario que el sensacionalismo, que impulsa a actuar instintivamente a todos los actores en lugar de atender a la calma y la reflexión. Las reacciones inmediatas no suelen ser llevar consigo un momento de premeditación, por lo que insinuar que los jueces del país son todos machistas o alegar que la ministra ha realizado esta norma sabiendo lo que podía pasar son afirmaciones que no se sostienen.

    Atendiendo a los hechos, quedan varias opciones por las que se puede evitar el desastre de la ley y la multiplicidad de interpretaciones. Los juristas apuntan al Tribunal Supremo, en concreto a la Sala de lo Penal. No se descarta que el TS lleve a pleno la unificación de criterio para esta ley, y dependiendo de cuál sea este, podrá tener lugar una revocación de los casos de reducciones de penas y excarcelaciones. Además, dichos casos también pueden ser recurridos, llegando hasta el mismo Tribunal Supremo.

    En conclusión, hay que esperar a que el Derecho siga su curso natural para ver realmente cuáles son los efectos de la Ley del "solo sí es sí". Pero sin dudas la norma ya ha generado división en la izquierda, quienes se miran unos a otros buscando responsables y la oposición echa leña al fuego mientras se frota las manos. 











BIBLOGRAFÍA.

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Valdés, I. (2022b, noviembre 16). La reforma de la ‘ley del solo sí es sí’ provoca las primeras excarcelaciones. El País. https://elpais.com/sociedad/2022-11-16/la-reforma-de-la-ley-del-solo-si-es-si-produce-las-dos-primeras-excarcelaciones.html


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